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La DGT comienza los trámites de aprobación para modificar los pesos y dimensiones de los vehículos de transporte de mercancías

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La Dirección General de Tráfico ha confirmado el inicio de los trámites de aprobación de la Orden Ministerial por la que se modifica la actual regulación sobre los pesos y dimensiones de los vehículos de transporte de mercancías, que autorizará los megacamiones, además de incrementar la altura a 4.5 m para determinadas especialidades de transporte.

La Orden Ministerial, consensuada por los ministerios de Industria, Fomento e Interior, descarta la introducción del aumento del tonelaje de los actuales vehículos articulados y trenes de carretera a 44 toneladas de manera definitiva.

Las modificaciones que se van a introducir en la Orden Ministerial son: el incremento de la altura a 4’50 metros para los vehículos de transporte adaptables en altura y los megacamiones de 60 toneladas de MMA y 25’25 metros de longitud.

Además de la circulación de vehículos de transporte a 4’50 metros de altura en el caso de los transportes portavehículos, vehículos grúa de asistencia en carretera y transporte de contenedores en régimen de transporte multimodal, que ya está permitida, la propuesta amplía dicha altura a camiones rígidos de más de 18 toneladas de MMA, así como vehículos articulados y trenes de carretera, siempre que su carrocería sea adaptable en altura y homologada para dicha altura, por lo que no podrán en consecuencia incrementar la altura a 4’50 metros los vehículos frigoríficos, los vehículos cisterna y los de caja cerrada. En todo caso, los vehículos de transporte autorizados con la nueva altura no estarían autorizados para realizar transporte internacional con dicha altura, al no permitirlo la vigente Directiva europea reguladora de los pesos y dimensiones en transporte internacional.

Para poder circular, los megacamiones tendrán que disponer de una autorización especial expedida por la Dirección General de Tráfico (o por los Departamentos de Tráfico de Cataluña y País Vasco) en la que se establecerá las vías permitidas, que preferentemente serán autopistas y autovías, ya que solo se permitirá la circulación por carreteras siempre que el recorrido no supere los 50 kilómetros y sea como consecuencia de que se realiza el inicio o destino del viaje. La autorización sólo se concederá si el recorrido total supera los 150 kilómetros y establecerá las condiciones de circulación de dicho transporte en lo que se refiere a su velocidad máxima, señalización del vehículo y otros.

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Redacción Camión Actualidad

Editora redactora de CamionActualidad.es
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Javier Pedroche

Director de la Revista Truck y Editor de Editorial Primera Línea es el jurado en España del TRUCK OF THE YEAR y del VAN OF THE YEAR

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