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Morosidad en el transporte Morosidad en el transporte Transporte

Morosidad en transporte, 85 no son 30

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La morosidad sigue siendo uno de los principales problemas de las empresas de transporte. Los clientes pagan tarde, mucho más de lo que dice la Ley pero, al no heber sanción, no se exigen responsabilidades.

LAS CLAVES

  • Los cargadores pagan a 85 días de media.
  • La Ley la incumple el 71% de las empresas.
  • La Administración es más deudora que la empresa privada.


Uno de los (muchos) problemas que tiene una empresa en España es que los clientes tardan demasiado en pagar. Las causas son múltiples y variadas: desidia, tradición histórica y, ahora, una ley que no incluye sanción, es decir, no castiga al que paga por encima del límite. ¿Y cuál es ese límite? Pues 30 días en el caso de la Administración y 60 días en el caso del sector privado.
Echando un vistazo a los plazos de pago en el transporte, se constata que las cifras siguen siendo demasiado altas para lo que dice el marco legal. No se conoce el número de empresas que se ven obligadas a cerrar porque sus acreedores no les pagan, pero se sabe que la morosidad es una de las principales causas, especialmente desde que en 2008 dio comienzo la crisis económica que aún hoy arrastramos.
Tanto es así que, en marzo de 2009 se creó la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, formada por pequeñas y medianas empresas de diversos sectores de actividad (entre los que se encuentra el transporte por carretera) para concienciar del problema y obligar a las empresas acreedoras a que acorten sus plazos de pago a sus proveedores, más cerca de lo que se da en Europa.
Según datos de la encuesta que esta plataforma publica anualmente, la morosidad está reduciéndose en los dos últimos años, pero aún está lejos de los objetivos marcados por la Ley de la Morosidad. Así, en 2014, el periodo medio de pago en el sector privado llegó a los 89 días de media, desde los 85 de 2013. Aun así, el dato es mejor que los 93 días de 2012 y los 98 de 2011.
Sin embargo, en el sector público, los plazos de pago han mejorado en mayor proporción, ya que, en 2014, el plazo medio de cobro fue de 82 días, frente a los 111 días de 2013, los 142 días de 2012 y los 162 de 2011.

Morosidad

Comparaciones

Para saber la trascendencia de estos datos, es importante ver cómo están nuestros socios y también vecinos comunitarios. Viendo los plazos de pago que tienen los países de la Unión Europea, se entiende por qué nosotros estamos en el grupo de los PIGS (Portugal, Italia, Grecia y España). En esto también hacemos tándem, porque nuestros plazos de pago están en la cola: las empresas españolas se retrasan 29 días en pagar sus facturas, pero es que las portuguesas tardan 41 días, las griegas, 35, las irlandesas, 30 y las italianas, 34.
En el grupo de los más cumplidores con sus deudores, se encuentra Finlandia (7 días de retraso), Suecia (8 días) Alemania y Austria (ambas con 12). Un lujo que aquí todavía suena a inalcanzable.
Para los que tienen a las Administraciones Públicas entre sus clientes, la situación es todavía peor: los 30 días que tienen de plazo legal (recogido en la Ley 5/2010), se alargan hasta los 96 en el caso de España, los 112 en Portugal, los 120 de Italia y hasta los 138 de Grecia. Nada que ver con los cuatro días de retraso de Finlandia, los siete de Suecia o los 10 de Alemania (recordamos que hablamos de medias, por lo que puede haber administraciones que se retrasen más o menos).
Contemplando la gráfica del retraso de los pagos de la Administración Pública por países, resulta curioso comprobar cómo las barras tienen un tamaño similar mientras se refieren a los países nórdicos y centroeuropeos pero, al llegar a España, el salto es notable. De hecho, la administración “más morosa” antes que nuestro país es Bélgica, y sólo se retrasa 27 días en sus pagos con sus proveedores (casi 40 días menos que nosotros).
Si este gráfico se traslada a un mapa, resulta todavía más evidente la diferencia entre países del norte y del sur: los escandinavos son los más cumplidores, los centroeuropeos son cumplidores, pero a medias, y los del sur somos los que más nos retrasamos a la hora de pagar nuestras facturas. Y en esto da igual que la comparativa sea entre empresas que la Administración, porque todos salen igual de parados.
Eso sí: en algo nos parecemos a los países nórdicos, y es en el coste que supone para los demandantes la resolución de un conflicto mercantil. Mientras que para los países nórdicos, el coste es el 25% de lo demandado, en los países del sur está situado en el 23%, y en los países centroeuropeos baja hasta el 18%.
En cuanto a nuestro país, también hay diferencias notables, que coinciden con las diferencias norte-sur. Navarra y el País Vasco son las comunidades que menos tardan en pagar a sus proveedores autónomos, con 32 y 36 días, respectivamente. Un lujo de plazo que suena a música celestial en Murcia, donde se paga a los autónomos a 134 días y, sobre todo, en Extremadura, donde tardan 165 días de media (es decir, cinco meses y medio). Esta comunidad autónoma ha aumentado sus plazos de pago en casi un 40%, mientras que las de País Vasco y Navarra lo han reducido en un 26,5 y un 37%, respectivamente.

Morosidad
Francia, el ejemplo  

En el tema de la morosidad, España siempre se fija en su vecino de arriba. Francia es el paradigma del proveedor cumplidor, que paga rápido y, sobre todo, respetando la ley. En 2009, entró en vigor una ley llamada “Ley de Modernización de la Economía”, que dice que, a partir de ese año, el plazo de pago entre empresas no puede superar los 45 días a fin de mes o los 60 días contados desde la fecha de emisión de la factura. Es decir, la Administración da libertad para elegir entre una de las dos opciones. Aun así, proveedor y cliente pueden acordar un plazo de pago más corto, ya que la ley establece un límite por arriba, nunca por abajo.
Para redactar esta norma, hubo que cambiar de forma parcial un artículo de su Código de Comercio, que era menos restrictivo. Otra diferencia con nuestra Ley de la Morosidad (que existe, aunque parezca increíble) es que en Francia hay sanciones para los que se retrasan en sus pagos, tienen métodos para reclamar las facturas impagadas (mise en demeure), tribunales específicos para la reclamación de impagos y, por si todo esto fuera poco, la figura del mediador, que ayuda a agilizar los trámites en caso de conflicto.


La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad es un colectivo de diversos sectores de actividad (entre ellos, el transporte) que se han unido para que se cumpla la ley de pagos en España. En 2009, año de su fundación, presentaron un documento con 44 medidas al Gobierno del PSOE (presidido por José Luis Rodríguez Zapatero) para luchar contra la morosidad y que se establecieran unos plazos de pago similares a los europeos. Su presidente, Antoni Cañete explica que “antes de la crisis, era fácil acceder a la financiación, había muchos recursos financieros y a un interés muy bajo. Pero con la crisis, hubo un estrangulamiento importante y un encarecimiento del dinero, con lo cual se convirtió en la causa más importante del cierre de empresas y de pérdida de puestos de trabajo. A partir de ahí, un grupo de asociaciones que habíamos estado activas, decidimos que el tema más importante a tratar era el de la morosidad, porque se habían hecho leyes que habían permitido que fuera impune”.


Para esta plataforma, las pequeñas y medianas empresas y los autónomos son los más perjudicados, “porque les cuesta más acceder a la financiación y porque tiene que pagar unos intereses a partir de unos márgenes que cada día son más pequeños".


Para explicar la diferencia que hay entre una empresa española y francesa de transporte, Cañete pone un ejemplo: "supongamos que un transportista francés factura un millón de euros, y otro español factura la misma cantidad. Supongamos que son dos empresas iguales, con los mismos costes, misma estructura, todo igual. El transportista francés cobra a 30 días, por lo tanto, tiene una financiación de esos 30 días que no llega a 100.000 euros. En el caso del transportista español, si cobra a más de 160 días (que es lo que les pasa a mucho de ellos) necesita casi 500.000 euros de financiación ¿cuál es más fiable? Claramente, la empresa de Francia ¿qué sucede, además? Que si el transportista español tiene la suerte de que un banco le ofrece la mitad de su facturación en financiación (cosa compleja), tiene que pagar unos intereses que no es el precio del dinero (estamos hablando de entre el 5% y el 7%). Con lo cual, de lo que gana, una parte importante tiene que dedicarla a los intereses. Este ejemplo ilustra lo que significa en un país y un ámbito poder cobrar a tiempo”.


En este sentido, Antoni Cañete asegura que no se puede consentir que se siga permitiendo “que haya empresas en la Bolsa que están cobrando del Plan de Pago a Proveedores y que, cobrando a menos de 40 días por parte de la Administración, estén pagando por encima de los 200 días. Esto no tiene ninguna justificación ni se puede permitir”. Por eso tienen pensado pedirle al nuevo gobierno “que se deben tomar en serio la realidad de nuestro país, que los autónomos necesitan ser competitivos para que este país pueda poner su potencial a niveles de competitividad en el marco europeo”.

Morosidad
Problema preocupante

Los representantes de los transportistas (sobre todo, de autónomos) Conetrans, en su última reunión, también trataron el tema de la morosidad: “Aunque ha mejorado un poco, sigue siendo preocupante. Los datos oficiales hablan de plazos de pago de 90 días pero, en realidad, se está pagando a 120 días (cuatro meses)”.  En la última reunión con la asociación de cargadores Aeutransmer, les hicimos entrega de un documento con 25 puntos de negociación, con los que se ha empezado a trabajar. Y entre ellos se encuentra la morosidad, por la relevancia que tiene para las empresas de transporte".


Los promotores de la lucha contra la morosidad (la plataforma multisectorial) se han fijado en el modelo francés para hacer una propuesta a la Administración con medidas que podrían ayudar a las empresas a cobrar en tiempo y modo. Así, piden que en España se agilicen los procesos judiciales para resolver conflictos relacionados con la morosidad y los impagos, que exista un régimen sancionador (es decir, que se multe a los morosos), que se cree un observatorio de la morosidad (para saber quién deja de pagar a tiempo y de qué manera) y se impulsen figuras y mecanismos como el mediador, para impedir que, en ciertos casos, haya que pasar por los juzgados, lo que ralentiza el exceso el proceso.

Qué dice la Ley

Desde el 7 de julio de 2010 se encuentra en vigor la modificación de la Ley contra la morosidad (Ley 15/2010) que fija, desde 2013 en adelante, unos plazos máximos de pago en las operaciones comerciales de 60 días en el caso de la empresa privada y de 30 días en el caso de las Administraciones Públicas.
La modificación de esta ley estableció un periodo de adaptación de dos años desde su aprobación en 2010 hasta 2013, en los que la reducción de plazos se haría de forma gradual, tanto para el sector privado como para el público.
La Ley contempla la posibilidad de reclamar intereses de demora e indemnizaciones por los costes de cobro a los que haya que hacer frente. Sin embargo, en la mayoría de los casos, no se piden por temor a que el cobro se retrase todavía más.

¿A 30 o a 60 días?

En las modificaciones introducidas por el Real Decreto-Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor, se estipula que el plazo de pago será de 30 días si no se hubiera pactado un plazo más amplio en contrato ya que, de otra forma, el límite será de 60 días.
Desde el 1 de enero de 2013, las empresas de ámbito privado tienen un plazo máximo de pago de sus facturas de 60 días. Las constructoras de obra civil también tuvieron un plazo de 60 días hasta 2013, pero a partir de 2014, su caso se hizo similar al de la Administración Pública, por lo que están obligadas a pagar a 30 días.

Morosidad en el transporte

Consejos para prevenir impagos

Existen fórmulas para evitar problemas a la hora de trabajar para una determinada empresa, cuya solvencia no está aún demostrada. Antes de firmar un contrato con un cliente nuevo del que no se tiene mucha información, conviene contratar un informe de riesgo con alguna empresa de información empresarial para asegurarse de que dicho cliente potencial no está inscrito en ningún registro de morosos (RAI, ASNEF) ni tiene deudas en la Administración Pública o la Justicia.
Si el cliente interesado es la Administración Pública, conviene saber los plazos de pago del organismo con el que se va a trabajar. Se puede preguntar en el área de administración de la propia entidad o al técnico responsable del encargo.
Desde 2011, el gobierno ha lanzado diversos plazos de pago a proveedores de entidades locales y comunidades autónomas, por lo que el trabajo con la Administración ha mejorado levemente en este sentido.

Propuestas para acabar con la morosidad
  • Definir y aprobar un régimen sancionador por incumplimiento que concrete los mecanismos de aplicación de la Ley 5/2010.
  • Crear un observatorio de la morosidad.
  • Impulsar figuras y mecanismos no coercitivos (mediadores).
  • Agilizar los procedimientos judiciales para resolver conflictos relacionados con la morosidad y el impago.
  • Establecer un plan de reducción de la deuda histórica con proveedores que mantienen las administraciones públicas hasta hacer que se cumplan los plazos que establece la Ley.
  • Modificar los plazos de pago de las liquidaciones tributarias y de la Seguridad Social, en concordancia con los plazos de cobro habituales del mercado.
  • Admitir la compensación de créditos fiscales, sin necesidad de reconocimiento formal.
  • Introducir el criterio de caja en el pago del IVA, frente al de devengo.
Revista Truck

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Número 101 - marzo 2016


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Raquel Arias

Periodista especializada en transporte.

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