Suben los módulos del IVA
El Ministerio de Hacienda ha incrementado los módulos del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para el transporte de mercancías por carretera. La subida tiene carácter retroactivo y tiene que aplicarse desde el 1 de septiembre.
Tras la subida del IVA aprobada en julio por el gobierno “para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad”, por la que el tipo general subió del 18% al 21% (el que se aplica al transporte de mercancías) y el reducido del 8% al 10% (el de viajeros), ahora el ejecutivo ha incrementado los módulos del régimen simplificado del IVA. Y aprueba la subida con carácter retroactivo, aplicable desde el 1 de septiembre, por lo que en el cuarto trimestre habrá que adaptar la cuota anual a los nuevos módulos.
En lo que se refiere al transporte de mercancías, tanto el módulo de personal como el de carga de los vehículos se han incrementado en un 5,55% tanto para mercancías excepto residuos, mensajería y mudanzas; para los transportes de residuos la subida es de un 6,28% en personal y de un 8,33% para la carga. Sorprendente es la subida aplicada a viajeros en autobús, del 22%.
Organizaciones de transportistas, como Fenadismer, han calificado este incremento de “absolutamente desproporcionado respecto de los nuevos tipos impositivos del IVA”. Y añaden que “dicha subida carece de fundamento y precedentes ya que, a diferencia de lo que recoge el actual Proyecto de Orden, cabe recordar que con ocasión de la subida de los tipos impositivos del IVA en 2010, la revisión de los módulos se limitó a recoger el incremento de dichos tipos”.
Renunciar a los módulos
Dadas las nuevas cuantías a desembolsar, es probable que a los autónomos con un nivel de actividad bajo les compense pasarse a estimación directa. Esta posibilidad la contempla la Orden Ministerial, que establece con carácter extraordinario la posibilidad de que los autónomos afectados puedan renunciar al régimen de módulos durante el mes de noviembre, pasando en tal caso a tributar su actividad por el régimen de estimación directa los siguientes tres años. La renuncia tendrá efectos en relación con el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el período impositivo 2013.
Nuevos módulos del régimen simplificado del IVA
Este artículo, completo Numero 64 - noviembre 2012 |
2 comentarios
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Martes, 21 Mayo 2013 18:51
publicado por Pablo Torres Martínez
Soy autónomo y tengo en la actualidad dos furgonetas cuya carga es de 2,32 toneladas entre las 2. Como no tengo personal asalariado las utilizo las dos. Entonces mi pregunta es la siguiente: Cuando hago la declaración de IVA por módulos en el modelo 390 ¿tengo que declarar las 2 furgonetas o sólo la de más carga?
Como naturalmente no puedo utilizar las 2 furgonetas al mismo tiempo, creo que sólo debería de declarar una de llas o bien la media entre las 2, es decir, 1,16 toneladas.
Les agradecería me dieran una respuesta ya que hasta la fecha he declarado las dos y me han dicho que no lo hago bien. -
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Sábado, 18 Mayo 2013 11:39
publicado por Junior Farfan
Buenos días, es la primera vez que escribo en este foro, queria preguntarles, mas o menos cuanto debes facturar al año para que te convenga estar en módulos?Porque y oahora mismo estoy por módulos, pero esque hace dos años pague una cantidad de 7000€ en el 4ºtrimestre y el año pasado pague 2500€, y la facturacion y personal no ha variado casi, deberia cambiar de gestora? o esto es posible?
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