Visado de las autorizaciones de transporte en 2014
Las empresas de transporte de mercancías, que sean titulares de autorizaciones de servicio público de vehículos pesados y ligeros (MDP y MDL), y los operadores intermediarios de transporte (OT), deben realizar el visado de sus autorizaciones de transporte durante 2014.
Este visado se deberá realizar en el mes que indique el último número de su CIF o DNI, es decir:
- Enero - 1
- Febrero - 2
- Marzo - 3
- Abril - 4
- Mayo- 5
- Junio – 6
- Julio – 7
- Septiembre – 8
- Octubre – 9
- Noviembre – 0
Las empresas tendrán que aportar la misma documentación que en años anteriores: justificación del cumplimiento de los requisitos de competencia profesional, capacidad económica y honorabilidad, así como que se encuentra al corriente de sus obligaciones sociales y fiscales, y documentación actualizada de sus vehículos de transporte en el caso de las empresas transportistas.
No se exigirá para este visado la acreditación de disponer de dirección y firma electrónica así como equipamiento informático adecuado previsto en la reforma de la LOTT aprobada el pasado mes de Julio, este requisito para realizar el visado de 2016. No obstante, para las nuevas empresas transportistas que accedan al sector desde el pasado 25 de Julio, fecha en que entró en vigor la reforma de la LOTT, sí deberán acreditar el cumplimiento de dicho requisito.
Redacción Camión Actualidad
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