El Gobierno da luz verde a los Megatrailers
La norma que permite circular por las carreteras españolas a los camiones de hasta 60 toneladas y 25,25 metros de longitud ha entrado en vigor el 24 de diciembre, un día después de que se publicase en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Los camiones de hasta 60 toneladas y 25,25 metros de longitud pueden circular por las carreteras españolas, siempre que cuenten con una autorización especial expedida por la DGT, o por los Departamentos de Tráfico de Cataluña y País Vasco, en la que se establecerá las condiciones de circulación del transporte.
Esta autorización establece el itinerario por el que debe circular el vehículo, y sólo se concederá si el recorrido total supera los 150 km. El recorrido por carreteras convencionales no podrá superar los 50 km, mientras que el motor deberá corresponder a determinada categoría medioambiental Euro y el vehículo deberá ir equipado con determinados elementos de seguridad.
Además, el conjunto del vehículo llevará obligatoriamente un sistema de señalización de advertencia para el resto de usuarios de la vía.
Las mercancías peligrosas no podrán ser transportadas en megacamiones y la velocidad máxima será la misma que rige al resto del transporte pesado.
Redacción Camión Actualidad
Editora redactora de CamionActualidad.es
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