Fiscalidad en el transporte, recauda que algo queda
Comienza una nueva legislatura y, con ella, un nuevo gobierno. Y ya se sabe lo que pasa cuando hay cambio de equipo político: se revisa todo y se cambia cualquier aspecto que se pueda modificar. Uno de los ministerios que más está trabajando en este sentido es el de Hacienda, ya que ha decidido subir el IRPF a los trabajadores por cuenta ajena, entre otras cosas.
En una situación económica como la actual, en la que el déficit público se ha disparado hasta el 8%, el Estado necesita “hacer caja” para poder compensar el crecimiento de los gastos mediante mayor entrada de ingresos. Aunque el Partido Popular prometió, en campaña electoral, no tocar los impuestos, al final ha cambiado de tercio y ya ha anunciado varias medidas que van en dirección contraria. La finalidad es reducir el gasto en 8.900 millones de euros para incrementar los ingresos en 6.275 millones de euros.
Otra de las medidas que va a tomar el Gobierno será luchar contra el fraude. En este sentido, se trata de una actuación que va contra los que no pagan los impuestos que deberían pagar, por lo que afecta a la economía sumergida, los ilegales y los que, en general, incumplen las normas tributarias.
Para ello, Hacienda se ha puesto manos a la obra y ha diseñado un plan que tiene tres puntos básicos: comprobar e investigar el fraude fiscal, controlar el fraude en su fase recaudatoria y colaborar con las administraciones tributarias de las comunidades autónomas.
Muchas veces se dice que el transporte es uno de los sectores que más impuestos paga. Y así parece que es pues, a los impuestos generales que deben tributar todos los sectores productivos (IRPF, impuesto de sociedades, IVA, impuesto de actividades económicas, etc.) se une la fiscalidad específica: impuesto de vehículos a tracción mecánica, inspección técnica de vehículos y, sobre todo, uno que lleva de cabeza a los profesionales de la carretera: el de hidrocarburos, que supera, porcentualmente, al propio carburante.
Un tributo que afecta a toda la masa laboral (los trabajadores) es el que implica a las remuneraciones que recibe por sus ingresos. Las retenciones que van a Hacienda (el impuesto de la renta sobre las personas físicas, el IRPF) aumentarán, dependiendo del tramo en el que cotice cada trabajador, entre un 0,75 y un 7%. En el caso de los autónomos, este aumento en la tributación por rendimientos de la actividad económica supondrá un aumento de entre el 3 y el 5%, mientras que para las empresas societarias se contempla una reducción del 5% en el Impuesto de Sociedades.
Para los representantes de los autónomos, este panorama podría ampliar la brecha que existe entre ambos en un 10%. Según ha explicado César García, secretario de política sectorial de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), “estas medidas aumentan la presión fiscal para el millón de autónomos que tributan en estimación directa, y son un obstáculo añadido para que los futuros emprendedores y los jóvenes no vean atractivo el emprendimiento al mercado laboral. Esperamos que la anunciada revisión en los módulos de cotización, que afectaría a otro millón de autónomos, traiga noticias más esperanzadoras” ha comentado.
Para la UPTA, el paquete de medidas que el Gobierno de Mariano Rajoy ha aprobado con carácter de urgencia es “fundamentalmente recaudador y alejado de las promesas de mejorar la presión fiscal que para los autónomos se anunció durante la campaña electoral. Nuevamente son los autónomos los primeros perjudicados por los acuerdos adoptados” considera la comisión ejecutiva nacional tras estudiar los acuerdos adoptados por el Gobierno de España. En el caso de la subida del impuesto sobre la renta “es suficientemente alto y gravoso para aquellos profesionales que, por su condición de autónomos, no tributan por el impuesto de sociedades y lo hacen por IRPF".
Menos compensaciones
En cuanto a los transportistas, la política de recorte del Gobierno también pasa por sus cuentas de resultados: Hacienda va a limitar la cuantía a devolver por el gasóleo profesional, lo que se traduce en un descenso de 400 a 50 euros por año y camión. De forma literal, el real decreto aprobado con carácter de urgencia, señala que “el tipo de devolución expresado en euros por 1.000 litros será el importe positivo resultante de restar la cantidad de 306 euros del tipo impositivo del epígrafe vigente en el momento de generarse el derecho a la devolución”. Con fecha 1 de enero de 2012, se modificó la cuantía a devolver en concepto de gasóleo profesional, dado que la directiva que lo regula marca una nueva referencia de 330 euros/1.000 litros que, restados a los 24 euros/1.000 litros de la parte estatal del impuesto correspondiente al céntimo sanitario que se cobra en algunas comunidades autónomas, se que da en 306 euros/1.000 litros. Ya que España tiene establecidos 307 euros/1.000 litros, la devolución se queda en un euro/1.000 litros, con un máximo de 50 euros por camión al año.
Para la UPTA, la supresión de esta bonificación “no llega en el mejor momento profesional del sector y supondrá una recaudación de unos 250 millones de euros”.
Su argumento es que “si bien es cierto que existe una directiva europea que obliga a incrementar en 2,8 céntimos de euro cada litro de gasóleo, también es cierto que el peso y la importancia del sistema de transporte por carretera en España daba juego más que suficiente para haber negociado con la Unión Europea una moratoria de aplicación de la directiva” explica el secretario ejecutivo de política sectorial de UPTA.
Para la organización de autónomos, lo más preocupante es que, “mientras los céntimos de subida repercutirán en el precio final que pagarán los consumidores por los productos que compren, los autónomos del transporte no podrán aplicar en sus tarifas esos incrementos, perdiendo, una vez más, poder adquisitivo y capacidad económica”.
Tasas por transportar
Según los datos del Observatorio de Costes del Transporte elaborado por el Ministerio de Fomento, los impuestos que acarrea un camión al año (se entiende que un vehículo articulado de carga general, 420 CV, 40.000 kilos de MMA y 25.000 kilos de carga útil) es de 977,82 euros, lo que corresponde al 0,7% de los costes directos de la empresa. El desglose de este dato se reparte de la siguiente manera: visados (30,45 euros), Inspección Técnica de Vehículos (86,99 euros), Impuestos de Actividades Económicas (416,7 euros), Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (404,53 euros) y revisión de tacógrafo (39,15 euros).
Un paso más
Pero no todo van a ser malas noticias. El Tribunal Europeo de Justicia, con sede en Luxemburgo, ha admitido la cuestión prejudicial por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al que se ha sumado el Tribunal Superior de Galicia, sobre la posible ilegalidad del céntimo sanitario, una tasa que se aplica directamente a los combustibles y que está en vigor en 10 comunidades autónomas.
Aunque el citado tribunal tardará uno o dos años en pronunciarse, la noticia de que ha admitido a trámite esta reivindicación, sobre todo de aso ciaciones de transporte, abre una puerta a la esperanza para muchos profesionales que consideran que pagar al Estado para financiar la sanidad (un tributo que ya pagan por otro lado) es tremendamente discriminatorio.
Esta tasa, que está en vigor desde 2002, afecta a todos los consumidores de carburantes (gasóleo y gasolina) y está gestionado por las comunidades autónomas, por lo que son ellas las que la recaudan. Por eso no se aplica en todas ellas: la razón está en que los gobiernos regionales tienen la posibilidad de hacerlo, pero no es obligatorio.
"El hecho de que se trate de una cuestión de prejudicialidad es que obliga a que el Tribunal de Justicia se pronuncie sobre la legalidad del céntimo sanitario" explica Juan José Gil, secretario General de Fenadismer. "Hasta ahora, lo que la Comisión Europea había anunciado es que el dictamen que había hecho y que amenazaba a España con que iba a plantear la demanda contra el Tribunal de Justicia, por negociaciones internas entre la Comisión Europea y el Gobierno español, se ha quedado paralizado. Por eso ha tenido que ser por esta vía judicial, lo que va a permitir que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea entre a valorar si es ilegal o no". Para la federación de transporte, se trata de un motivo de satisfacción: "por fin, el Tribunal de Justicia, sin que nadie se lo diga, va a entrar en el fondo del asunto". El hecho de que existan precedentes en casos parecidos en Francia o Finlandia, anima a pensar que la ilegalidad de esta tasa pueda ser una realidad.
Para Juan José Gil, una vez que se diera esa posibilidad, habría que ver cómo el Gobierno español ejecuta esa sentencia, que tendría carácter retroactivo, es decir, todo lo recaudado hasta la fecha tendría que ser devuelto, siempre que los demandantes presentaran las facturas del gasóleo repostado y el impuesto cobrado. "De todas aquellas reclamaciones que se hayan planteado cuatro años atrás (que es cuando prescribe la posibilidad de reclamar impuestos), se puede exigir su devolución, en el caso de que el Tribunal de Justicia falle declarando su ilegalidad".
Hay que recordar que en 2008, la Comisión Europea instaba a nuestro país a cambiar nuestra legislación por considerar que el céntimo sanitario no se ajustaba a la normativa comunitaria, amenazando con presentar una demanda ante el Tribunal Europeo de Justicia si no corregía esa situación. Pues bien, ante la "desobediencia juridica" nuestra, el Tribunal se ha puesto manos a la obra
Lo que paga el transporte en impuestos
MARCO GENERAL
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Impuesto de Sociedades (IS)
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
- Cotizaciones a la Seguridad Social
- Impuesto sobre Hidrocarburos, gravado al consumo de combustible, en función de su tipología. Se añade el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (céntimo sanitario)
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
- Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
MARCO ESPECÍFICO
- Visados y autorizaciones necesarias para ejercer la actividad
- Inspección Técnica de Vehículos (ITV)
- Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
- Revisión del tacógrafo
- Inspecciones de transporte de mercancías peligrosas (ADR) e inspecciones de transporte de mercancías perecederas (ATP), específicas para ciertas mercancías.
Llega el ecobono francés
Aunque no se materializará hasta mediados del año que viene, la vecina Francia ha aprobado la implantación de una tasa que grava a los vehículos de transporte de mercancías, solos o con remolque, cuyo peso total en carga sea superior a las 3,5 toneladas. Dicha tasa afectará a 10.000 kilómetros de carreteras nacionales y a 5.000 kilómetros de provinciales y comarcales.
La ecotasa se calculará en función de la distancia recorrida y el tipo aplicable se determinará en función del número de ejes del vehículo y, probablemente, de la clase Euro del motor.
El tipo estará comprendido entre los 2,5 y los 20 céntimos de euro por kilómetro, cuyo valor medio se ha calculado en unos 12 céntimos. El pago se hará, de forma obligatoria, mediante un dispositivo electrónico que deberán llevar los vehículos sujetos a la ecotasa.
Al igual que Portugal con las SCUT, Francia ha establecido dos fechas para su implantación: desde finales del mes de abril de 2013 en la región de Alsacia (que hace frontera con Alemania) y a finales de julio de 2013 en todo el territorio nacional.
A vueltas con el céntimo sanitario
El Impuesto de Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (más conocido como céntimo sanitario) está de actualidad por diversos motivos, entre ellos, porque cada comunidad autónoma está tratando la tasa de distinta manera. Veamos algunos ejemplos:
- La Región de Murcia no se plantea subir el tramo autonómico que le permite aplicar un impuesto por litro de gasóleo repostado. Esta comunidad autónoma comenzó a aplicarlo en 2011 para financiar la sanidad y, de paso, incrementar los ingresos para contraer su déficit, que terminó el pasado año en el 3%.
- Castilla y León, una de las pocas comunidades que no lo aplicaba, comenzará a hacerlo el próximo 1 de marzo. La previsión es acogerse al tramo más alto (4,8 céntimos), para financiar su déficit público y aumentar los ingresos mediante tributos. Sin embargo, los transportistas han asegurado que, tal y como están las cosas, no pueden asumir esa subida de precio, ya que supone 8.000 euros más de costes al año.
- La Comunidad Valenciana ha informado que devolverá el citado impuesto a los transportistas valencianos en el tramo autonómico, por valor de 4,8 céntimos de litro por gasóleo. Eso sí: la devolución no podrá exceder de 50.000 litros por vehículo y año, con lo que cada camión se podrá desgravar 2.400 euros, lo que supondrá para el sector del transporte de la Comunidad Valenciana un ahorro de más de 10 millones de euros. Los transportistas valencianos, que pagaban 1,2 céntimos de euro por litro repostado, se beneficiarán de la medida siempre que tengan vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, transporte de pasajeros para más de 8 personas, y los taxis.
Este artículo, completo Numero 56 - febrero 2012 |
Raquel Arias
Periodista especializada en transporte.
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