Nueva regulación de transporte ligero
La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres incluye como novedad la nueva regulación para el transporte público de mercancías realizado con vehículos de hasta 3.500 kilos de masa máxima autorizada.
La nueva regulación establece que para obtener la autorización de transporte público en vehículos de hasta 3.500 kilos de masa máxima autorizada no necesitarán acreditar los requisitos de capacitación profesional, honorabilidad ni capacidad económica.
Por tanto, a los nuevos solicitantes de una autorización para esta categoría de vehículos se les dará una de la clase MDL. Como el resto de autorizaciones de transporte, el transportista de esta categoría de vehículos deberá visar su autorización cada dos años.
A los transportistas que ya son titulares de una autorización de transporte ligero, ya no necesitan acreditar que posee dichos requisitos. Por tanto, si no tenía el título de capacitación a su nombre, sino que se lo aportaba un tercero (lo que se conoce como alquiler de título), podrá prescindir de dicho capacitado.
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