Nuevo acceso a la AP-68 en Tudela por las restricciones en la N-232
Los problemas de tráfico generados en Tudela tras el desvío obligatorio de los camiones a la AP-68 en esta localidad debido a las restricciones implantadas en la N-232 en La Rioja, han supuesto que el Gobierno de Navarra haya modificado el acceso a esta autopista de peaje, pasando a realizarse a través de la AP-15, a la que se accede, con la apertura de un nuevo enlace, a la altura de Castejón.
El BOE de 21 de mayo de 2018 incluye una resolución del Gobierno de Navarra con la que se prohíbe desde el día 1 de junio el tráfico en tránsito de vehículos pesados y conjuntos de vehículos pesados de mercancías de cuatro o más ejes por la carretera N-121-C en dirección sur, entre el enlace de Tudela con la A-68, punto kilométrico 1,8, y el enlace con la AP-68.
Se consideran vehículos en tránsito, aquellos cuyo destino les obligue a circular por la Comunidad de La Rioja a través de la AP-68 en dirección Logroño y provengan de la Comunidad Foral de Navarra y así esté establecido en la carta de porte o documentación equivalente que lleven a bordo.
El objetivo de esta medida es salvaguardar la seguridad vial en este corto tramo de carretera, que ya soportaba un elevado nivel de tráfico y que se ha desbordado al convertirse en la vía de acceso desde la A-68 hacia la AP-68, autopista de peaje que obligatoriamente tiene que utilizar el tráfico pesado para cruzar La Rioja, tras la prohibición de circular por la N-232.
El nuevo trayecto de acceso de la A-68 hacia la AP-68 se va a realizar por la AP-15 y será gratuito. Los vehículos pesados y conjuntos de vehículos pesados de mercancías en tránsito seguirán por la A-68 a partir de Tudela, sin necesidad por tanto de circular por la N-121-C, para incorporarse antes del límite con La Rioja a la AP-15, a la altura de Castejón, en dirección sur, a través de un acceso que ya estaba construido pero que hasta ahora estaba cerrado al tráfico (en la imagen inferior).
Esta nueva restricción no afecta a los desplazamientos dentro del tramo limitado cuyo destino u origen sea la residencia habitual del conductor o el lugar de domiciliación del vehículo; para efectuar los descansos diario o semanal; para la realización de operaciones de reparación o mantenimiento del vehículo. También están exentos los vehículos dedicados al servicio de auxilio en carretera.
Pedro García
Periodista especializado en el sector de transporte de mercancías por carretera desde el año 1998.
Redactor de la Revista del Transporte Truck
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