Salario mínimo: una regulación específica para los conductores de internacional
El Parlamento Europeo, Consejo y la Comisión han alcanzado un principio de acuerdo para establecer una regulación específica para el sector del transporte por carretera en relación con el salario que debe cobrar un trabajador desplazado a otro país.
Actualmente, se está tramitando en la Unión Europea la modificación de la actual Directiva europea sobre desplazamiento de trabajadores en el ámbito de la Unión Europea, normativa en la que se han amparado los países que han establecido el “salario mínimo” para los conductores de vehículos de transporte de mercancías que son desplazados por su empleador para realizar su actividad laboral en otros Estados miembros.
Según ha anunciado Fenadismer, tras una intensa negociación promovida por la Presidencia de turno búlgara de la Unión Europea, se ha alcanzado un principio de acuerdo entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión. En relación con el transporte, el acuerdo contempla el establecimiento de una regulación específica para el sector del transporte por carretera. Normativa que se desarrollará dentro del Paquete legislativo de Movilidad que también se está actualmente.
Mientras esta modificación se concreta y entra en vigor, Fenadismer recuerda que el “salario mínimo” sigue en vigor y, por lo tanto, señalan desde esta asociación que “una vez sea aprobado en el Parlamento español el proyecto de ley que se está tramitando para transponer la Directiva europea de 2014 sobre trabajadores desplazados, se posibilitará un control efectivo de las empresas de transporte extranjeras que operan de forma habitual en España”.
Pedro García
Periodista especializado en el sector de transporte de mercancías por carretera desde el año 1998.
Redactor de la Revista del Transporte Truck
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