Adiós al requisito de los tres vehículos
Varapalo a Fomento: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que la norma española que exige tres vehículos para obtener una autorización de transporte público incumple la legislación europea. Contar con un vehículo es suficiente.
La Comisión Europea solicitó al Tribunal de Justicia que declarase que el Reino de España no estaba aplicando correctamente el contenido del Reglamento 1071/2009, que establece las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera. El Reglamento dice para obtener una autorización de transporte es necesario “disponer de uno o más vehículos”, mientras que la Orden FOM/734/2007 que regula la obtención de la autorización de transporte público exige tres vehículos que sumen 60 toneladas de carga útil.
El Tribunal le ha dado la razón a la Comisión, por lo tanto, Fomento va a tener que enmendar dicha Orden, y hacerlo a fondo. Esta es una de las normas que se van a modificar junto con el ROTT, para que entren en vigor el 1 de julio, y su contenido incluso se había endurecido. Por ejemplo, a las empresas de dos o tres vehículos no se les iba a permitir reducir flota, medida que ahora se va a tener que suspender.
El Reglamento europeo permite a los Estados miembros “decidir imponer requisitos adicionales, los cuales serán proporcionados y no discriminatorios, que las empresas deberán cumplir para ejercer la profesión de transportista por carretera”. Probablemente, está será el camino que intente tomar ahora Fomento para limitar el acceso al sector. Lo sabremos en unos meses.
Pedro García
Periodista especializado en el sector de transporte de mercancías por carretera desde el año 1998.
Redactor de la Revista del Transporte Truck
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