9,6 euros/hora, nuevo salario mínimo en Francia
Francia ha aumentado el salario mínimo interprofesional que se establece ahora en 9,6 euros/hora, según el Decreto 2016/418 de 8 de abril por el que se adaptan las disposiciones del desplazamiento de los trabajadores. A partir de primeros de julio, los conductores profesionales deberán acreditar que su sueldo está por encima del nuevo salario mínimo francés.
La norma sobre el salario mínimo establece dos obligaciones para las empresas de transporte no francesas que desplacen trabajadores extranjeros a Francia: llevar un certificado de desplazamiento (attestation de detachement), y nombrar un representante en territorio francés, que deberá estar a disposición de las autoridades extranjeras.
El certificado de desplazamiento deberá estar escrito en francés e incluir:
- Nombre y dirección postal y electrónica, teléfono, forma jurídica de la empresa, nombre y apellidos, lugar y fecha de nacimiento de los dirigentes y órganos a los cuales la empresa transfiere sus cotizaciones.
- Nombre y apellidos del trabajador, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad y residencia habitual del trabajador desplazado, fecha de firma del contrato de trabajo y derecho aplicable a la relación laboral y cualificación profesional del trabajador desplazado.
- Salario bruto por hora en euros, modalidades de asunción por la empresa de los gastos de alojamiento y manutención por día de desplazamiento.
- Razón social, o nombre y apellidos, teléfono y dirección postal o electrónica del representante.
- Justificación de la inscripción en el Registro de Transportistas del país de origen de la empresa (para las empresas de transporte por carretera).
Con respecto a la obligación de nombrar a un representante en territorio francés, deberá conservar, a disposición de las autoridades extranjeras:
- Boletines de paga relativos al trabajador desplazado durante el periodo de desplazamiento. Ahí deberá constar: salario bruto (incluyendo los suplementos por horas extras), periodos a los que se refiere el salario (distinguiendo las horas pagadas al tipo normal y las que pueden tener un tipo incrementado), permisos, vacaciones y su remuneración.
- Cualquier documento en el que se justifique el pago íntegro del salario.
- Copia del nombramiento como representante.
- Convenio colectivo sectorial aplicable al trabajador.
Redacción Camión Actualidad
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